Seguros de Responsabilidad Civil para guías de montaña y profesores deportivos
Seguros de Responsabilidad Civil para guías de montaña y profesores | monitores deportivos
Con el seguro de Responsabilidad Civil para guías, profesores / monitores, garantizamos los daños personales o materiales causados involuntariamente a terceros durante el desarrollo de tus actividades / viajes.
- Hasta 1.200.000€ capital por siniestro y 600.000€ por victima.
- Cobertura en actividades / viajes en cualquier País de la Unión Europea.
- Defensa Jurídica y Reclamación de los daños causados por terceros al guía / profesor, sus clientes y su material equipo etc.
- Contrata el seguro de accidentes para guías / profesores / monitores y te devolvemos el 10% del seguro Responsabilidad Civil.
- RECOMENDACIONES PARA PROFESIONALES
El uso de material no homologado por la CE o UIAA, o que este deteriorado, puede conllevar Responsabilidad Penal, revisa tu equipo por seguridad!
CAPITALES ASEGURADOS | ||
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Capital máximo por siniestro | Capital por víctima | Tarifa anual |
150.000€ | 150.000€ | 160€ |
300.000€ | 150.000€ | 199€ |
300.000€ | 300.000€ | 240€ |
600.000€ | 150.000€ | 250€ |
600.000€ | 300.000€ | 295€ |
600.000€ | 600.000€ | 340€ |
900.000€ | 150.000€ | 285€ |
900.000€ | 300.000€ | 335€ |
900.000€ | 600.000€ | 390€ |
1.200.000€ | 150.000€ | 340€ |
1.200.000€ | 300.000€ | 399€ |
1.200.000€ | 600.000€ | 470€ |
Tarifas con impuestos incluidos. Franquicia fija 150€. *Con deportes de riesgo, solo contratable opciones a partir de 600.000€ por siniestro | ||
Te devolvemos el 10% de este seguro, si contratas también el seguro Protección Integral para profesionales / autónomos |
- Cobertura en cualquier País de la Unión Europea
- Ficha técnica seguro
Coberturas principales Responsabilidad Civil:
Ámbito geográfico cobertura: Cualquier País de la Unión Europea.
Franquicia fija de solo 150€.
Responsabilidad Civil como consecuencia de daños personales, materiales o patrimoniales, causados involuntariamente a terceros, por él o por las personas de quienes sea responsable, con motivo o durante el desarrollo de la actividad asegurada.
a) Como profesor, guía, monitor en actividades deportivas / ocio / cultura.
b) Como guía de montaña / deportes de aventura – riesgo.
c) Dirección, vigilancia en viajes culturales, deportivos y excursiones con alumnos, así como estancias en albergues, refugios y residencias.
d) Durante cursos / jornadas / seminarios de formación.
Principales actividades / deportes con cobertura:
Cualquier deporte / viaje, actividades culturales, lúdicas, ocio, turismo.
Deportes de riesgo/aventura > Solo asegurable con capitales a partir de 600.000€ por siniestro:
Deportes considerados de riesgo: Alta montaña, alpinismo, barranquismo, espeleología, escalada, vías ferradas, rafting, rocódromo, cualquier deporte en aguas bravas.
Están especificamente excluidos: deportes aéreos, deportes con vehículos a motor, socorristas, hípica, submarinismo con botella.
Alcance del seguro
a) El abono a los perjudicados de las indemnizaciones que diera lugar la Responsabilidad Civil del Asegurado.
b) Gastos de defensa y pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales del siniestro.
c) La constitución de las fianzas judiciales exigidas al Asegurado para garantizar su responsabilidad civil.
Principales deportes / actividades cubiertas como profesor – instructor, guía;
Grupo 1 deportes de no riesgo:
Deportes de tierra / montaña / naturaleza
Senderismo / Excursionismo / Trekking / Raquetas de nieve / Construcción de iglús / Marcha nórdica / Carreras de montaña / Ultra trails / Trail running / Marchas populares – asfalto / Atletismo / Carreras de orientación / Ciclismo / BTT / E-bike / Duatlón / Triatlón / Aquatlón / Pentalón / Arborismo – Tirolina / Airsoft / Paintball / Skate / Patinaje / Slackline / Rollerski / Rutas culturales / Observación – interpretación de naturaleza, animales, aves, astronómicas y similares / Campamentos / Colonias / Supervivencia
Deportes acuáticos
Surf / Paddle surf / Canoa / Kayak / Vela / Piragua / Remo / Bodyboard / Hidrospeed / Hidropedales / Natación / Natación en aguas abiertas / Snorkel / Apnea / Pesca de superficie / Pesca submarina / Juegos de playa en general / Observación de cetáceos
Deportes con animales
Mushing / Trineo con perros / Skijoring / Canicross / Agility / Mantrailing / Colombofilia
Deportes en instalaciones
Gimnasia / Crossfit / Fitness / Halterofilia / Spinning / Yoga / Artes marciales – boxeo / Golf / Tiro con arco/ Tiro olímpico / Esgrima / Petanca / Ajedrez / Juegos de mesa / Bolos / Billar / Fútbol / Básquet / Balonmano / Handbol / Tenis / Ping pong / Pádel / Frontón / Bádminton / Pelota vasca / Rugby / Voleibol / Hockey / Waterpolo / Patinaje / Patinaje sobre hielo / y en general cualquier deporte de pelota o deportes similares.
Grupo 2 (los del grupo 1 + deportes de riesgo) solo contratable con capital a partir de 600.000€
Deportes considerados de riesgo
Escalada / Rocódromo / Boulder / Vias ferratas / Alpinismo / Rapel / Barranquismo / Espeleología / Esquí de montaña / Esquí alpino / Snowboard / Esquí Nórdico / Deportes en aguas bravas / Kitesurf / Windsurf
*Excluido cualquier deporte o actividad de; deportes aéreos, deportes con vehículos a motor, deportes con armas de fuego, socorristas, submarinismo con botella, hípica, acrobacias – circo.
Defensa Penal y Reclamación de daños:
- Defensa Penal.
- Asesoramiento y servicio telefónico de consultas Jurídicas 24 h./365 días sobre cualquier cuestión Jurídica.
- Reclamación de daños que haya sufrido tanto a su persona como en las cosas muebles de su propiedad, material deportivo, equipos electrónicos o informáticos, útiles, mercancías y productos, propios de la actividad profesional.
- Defensa / reclamación de daños y perjuicios sufridos en calidad de peatón o pasajero de cualquier medio de transporte terrestre.
Defensa de derechos relativos al local profesional:
- Defensa y reclamación conflictos con vecinos o comunidad de propietarios.
- Defensa y reclamación de los intereses del local en el que ejerza la actividad profesional: contratos de servicios del local, contratos de compra de mobiliario, útiles, maquinaria, compra a proveedores de mercancías y productos.
- Reclamación contratos de compra de mobiliario, material deportivo, maquinaria, útiles, equipos electrónicos o informáticos, así como las compras a proveedores de productos o mercancías.
- Defensa por conflicto laboral con sus asalariados.
La Responsabilidad Civil es la obligación legal que tiene una persona, club o empresa en reparar los daños causado injustamente a otra, sean daños personales o materiales causados a terceros con motivo y durante el desarrollo de actividades o eventos organizados por ejemplo; una persona que organiza una actividad de montaña, una excursión, un viaje, un profesor de gimnasia…
Franquicias:
La franquicia es la parte de indemnización por el daño originado/causado que pagara el asegurado.
Capitales asegurados:
Capital por siniestro: Es el limite (máximo) que se pagaría por todo el conjunto de daños materiales y personales causados a terceros.
Capital por victima: Es el máximo que se pagaría a una persona (victima) por daños físicos.
Es importante que sepas;
- En caso de un accidente / reclamación en una actividad organizada y no disponer seguro de Responsabilidad Civil, es la Junta Directiva del club / empresa – autónomo o persona física quien responde Civilmente con sus bienes y patrimonios hasta alcanzar la suma para la indemnización.
- Algunas Comunidades Autónomas, por ejemplo Cataluña, pueden sancionar con multas de hasta 6.000€ por no tener seguro de Responsabilidad Civil o tener los capitales asegurados inferiores a la Legislación.
El Código Civil Español establece en cualquier caso:
- Artículo 1902: El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.
- Artículo 1903: La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder (por ejemplo; empleados, colaboradores, voluntarios, hijos, animales…)
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