Seguros cancelación eventos
Seguros para cancelación de eventos deportivos, eventos y espectáculos.
Su finalidad es garantizar el pago de los gastos y costes fijos (salarios, Seguridad Social, alquileres, publicidad, etc. desembolsados y que no fueran recuperables en el caso de que dicho acto no pudiera celebrarse, hubiese de ser interrumpido o suspendido después de su inicio, o tuviera que ser aplazado.
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Fenómenos atmosféricos o climatológicos:
Lluvia, nieve, pedrisco, tempestad, rayos, viento, inundación por lluvia o huracán… - Incomparecencia de los actuantes. A consecuencia de enfermedad, accidente y/o muerte.
La solicitud para la emisión del seguro de cancelación de eventos debe realizarse con al menos 30 días de antelación a la fecha exacta del evento.
- TARIFAS
CAPITAL ASEGURADO | TARIFA | |
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OPCIÓN 1º | 5.000€ | 360€ |
OPCIÓN 2º | 10.000€ | 660€ |
OPCIÓN 3º | 20.000€ | 1.200€ |
OPCIÓN 4º | 30.000€ | 1.620€ |
OPCIÓN 5º | 40.000€ | 1.920€ |
- COBERTURA ESPAÑA / ANDORRA
Adicionalmente podrás contratar:
- Responsabilidades Civil del evento asegurado
- Responsabilidad Civil del organizador por daños a terceros.
- Responsabilidad Civil Patronal, por reclamaciones a consecuencia de accidentes de trabajo de asalariados, personal autónomo y empresas contratadas o subcontratadas.
- COBERTURAS Y CONDICIONES
Coberturas seguros de cancelación de eventos por fenómenos atmosféricos o climatológicos:
- Cobertura en cualquier punto de España o Andorra.
- Como consecuencia de: Lluvia, Ciclón, Tromba, Tempestad, Rayo, Viento, Huracán, Gota Fría, Pedrisco, Nieve y/o inundación causada por algunos de estos fenómenos o la combinación de varios de ellos.
- Cualquier tipo de evento: deportivo, bodas y enlaces, comuniones, conciertos, desfiles, congresos etc.
Se garantizan los costes fijos y/o gastos no recuperables desembolsados por el asegurado:
- Cuando el evento no pueda celebrarse: Indemnización máxima 100% del capital asegurado.
- Tenga que ser interrumpido por algún tiempo: Indemnización máxima 100% del capital asegurado.
- Tenga que ser suspendido cuando haya comenzado: Indemnización máxima 100% del capital asegurado.
- Tenga que ser aplazado: Indemnización máxima del 25% del capital asegurado.
Condiciones para la cobertura:
1. En caso de suspensión o aplazamiento por causa de lluvia, será de aplicación una franquicia de 3L/m2 de precipitación acuosa, recogida en el intervalo que media entre las dos horas antes del inicio del espectáculo y una hora después del inicio del mismo.
2. En caso de suspensión o aplazamiento por causa de viento será de aplicación una franquicia de 62 Km/h de velocidad del viento, en rachas medias en un intervalo de 10 minutos, durante las dos horas anteriores al evento y una hora después del inicio del mismo.
3. La acreditación de los puntos 1 y 2 anteriores se precisará registro fidedigno practicado en el lugar de celebración o, en el caso de que no se haya realizado o fuera imposible, por certificado expedido por el Centro Metereológico Nacional mas cercano. En caso de imposibilidad técnica de obtención de dicho certificado, como ubicación del riesgo asegurado en zona de valle o daños en el propio observatorio, se tendrá en cuenta a fin de acreditar su magnitud e intensidad real, las estimaciones periciales con base en el alcance efectivo del daño o cualquier otro medio de prueba admitido en Derecho.
Coberturas seguros de cancelación de eventos: por enfermedad, accidente o muerte de los actuantes.
- Cobertura en cualquier punto de España o Andorra.
- Como consecuencia de enfermedad, accidente o muerte.
- Cualquier tipo de evento: deportivo, bodas y enlaces, comuniones, conciertos, desfiles, congresos etc.
Se garantizan los costes fijos y/o gastos no recuperables desembolsados por el asegurado:
- Cuando el evento no pueda celebrarse: Indemnización máxima 100% del capital asegurado.
- Tenga que ser interrumpido por algún tiempo: Indemnización máxima 100% del capital asegurado.
- Tenga que ser suspendido cuando haya comenzado: Indemnización máxima 100% del capital asegurado.
- Tenga que ser aplazado: Indemnización máxima del 25% del capital asegurado.
Condiciones para la cobertura:
– Accidente: la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad de los actuantes ocurrida después de la fecha de contratación de esta póliza, que impida su presencia en el lugar del evento asegurado, acreditándose esta incomparecencia mediante certificado de una Autoridad, parte facultativo y/o cualquier otro justificante adecuado.
– Enfermedad: Un hecho imprevisto y repentino ocurrido después de la fecha de contratación de esta póliza, que recae sobre el cuerpo de los actuantes quebrantando su salud. Tal hecho debe ser justificado mediante parte facultativo correspondiente.
– Muerte: la muerte de cualquiera de los actuantes.
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