Seguros cancelación de bodas
Seguros de cancelación para bodas y seguros para comuniones, bautizos y similares.
Con nuestro seguro de cancelación de bodas y enlaces, tendrás asegurada tu boda en caso de cancelación, interrupción o aplazamiento por circunstancias meteorológicas o si los hay, por incomparecencia de los actuantes.
- Su finalidad es garantizar el pago de los gastos y costes fijos (alquileres, publicidad, catering, actuaciones musicales etc) desembolsados y que no fueran recuperables en el caso de que dicho acto no pudiera celebrarse, hubiese de ser interrumpido o suspendido después de su inicio, o tuviera que ser aplazado.
- COBERTURA ESPAÑA / ANDORRA
- La solicitud para la emisión del seguro de cancelación de bodas u otros actos debe realizarse con al menos 30 días de antelación a la fecha exacta del evento.
- TARIFAS SEGÚN CAPITAL ASEGURADO
CAPITALES ASEGURADOS | TARIFA |
---|---|
5.000€ | 360€ |
10.000€ | 660€ |
20.000€ | 1.200€ |
30.000€ | 1.620€ |
40.000€ | 1.920€ |
- COBERTURAS PRINCIPALES
- Los costes fijos y/o gastos no recuperables desembolsados por: cancelación, interrupción temporal y/o aplazamiento del evento.
- Cobertura por fenómenos atomosféricos o climatológicos.
- Cancelación. No pueda celebrarse. Indemnización máxima: 100% del capital asegurado.
- Interrupción durante algún tiempo. Indemnización máxima: 100% del capital asegurado.
- Aplazamiento indemnización máxima: 25% del capital asegurado.
Recupera hasta el 100% de los gastos desembolsados y no recuperables, en caso de que surja cualquier imprevisto inesperado.
- COBERTURAS Y CONDICIONES
Coberturas seguros de cancelación bodas por fenómenos atmosféricos o climatológicos:
- Cobertura en cualquier punto de España o Andorra.
- Como consecuencia de: Lluvia, Ciclón, Tromba, Tempestad, Rayo, Viento, Huracán, Gota Fría, Pedrisco, Nieve y/o inundación causada por algunos de estos fenómenos o la combinación de varios de ellos.
- Cualquier tipo de evento: bodas y enlaces, comuniones, bautizos y similares.
Se garantizan los costes fijos y/o gastos no recuperables desembolsados por el asegurado:
- Cuando el evento no pueda celebrarse: Indemnización máxima 100% del capital asegurado.
- Tenga que ser interrumpido por algún tiempo: Indemnización máxima 100% del capital asegurado.
- Tenga que ser suspendido cuando haya comenzado: Indemnización máxima 100% del capital asegurado.
- Tenga que ser aplazado: Indemnización máxima del 25% del capital asegurado.
Condiciones para la cobertura:
1. En caso de suspensión o aplazamiento por causa de lluvia, será de aplicación una franquicia de 3L/m2 de precipitación acuosa, recogida en el intervalo que media entre las dos horas antes del inicio del espectáculo y una hora después del inicio del mismo.
2. En caso de suspensión o aplazamiento por causa de viento será de aplicación una franquicia de 62 Km/h de velocidad del viento, en rachas medias en un intervalo de 10 minutos, durante las dos horas anteriores al evento y una hora después del inicio del mismo.
3. La acreditación de los puntos 1 y 2 anteriores se precisará registro fidedigno practicado en el lugar de celebración o, en el caso de que no se haya realizado o fuera imposible, por certificado expedido por el Centro Metereológico Nacional mas cercano. En caso de imposibilidad técnica de obtención de dicho certificado, como ubicación del riesgo asegurado en zona de valle o daños en el propio observatorio, se tendrá en cuenta a fin de acreditar su magnitud e intensidad real, las estimaciones periciales con base en el alcance efectivo del daño o cualquier otro medio de prueba admitido en Derecho.
Coberturas seguros de cancelación de bodas: por enfermedad, accidente o muerte de uno de los novios.
- Cobertura en cualquier punto de España o Andorra.
- Como consecuencia de enfermedad, accidente o muerte.
- Cualquier tipo de evento: bodas y enlaces, comuniones, bautizos y similares.
Se garantizan los costes fijos y/o gastos no recuperables desembolsados por el asegurado:
- Cuando el evento no pueda celebrarse: Indemnización máxima 100% del capital asegurado.
- Tenga que ser interrumpido por algún tiempo: Indemnización máxima 100% del capital asegurado.
- Tenga que ser suspendido cuando haya comenzado: Indemnización máxima 100% del capital asegurado.
- Tenga que ser aplazado: Indemnización máxima del 25% del capital asegurado.
Condiciones para la cobertura:
– Accidente: la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad de los actuantes ocurrida después de la fecha de contratación de esta póliza, que impida su presencia en el lugar del evento asegurado, acreditándose esta incomparecencia mediante certificado de una Autoridad, parte facultativo y/o cualquier otro justificante adecuado.
– Enfermedad: Un hecho imprevisto y repentino ocurrido después de la fecha de contratación de esta póliza, que recae sobre el cuerpo de los actuantes quebrantando su salud. Tal hecho debe ser justificado mediante parte facultativo correspondiente.
– Muerte: la muerte de cualquiera de los novios.
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